Carlos
A. Loprete, EL PREDERECHO HUMANO
El derecho es la
facultad que tiene el hombre para hacer legítimamente lo que necesita para
vivir. Se llama entonces derecho humano al que tiene toda persona para vivir
como persona., desenvolver su personalidad, disponer de los medios para
conservarla y desarrollarla. Pero no existe derecho alguno sin su obligación
correspondiente, es decir, sin limitaciones. Admitir un derecho sin su
obligación correspondiente sería el caos o desorden de la humanidad. Cada
sociedad humana ha establecido desde tiempos inmemoriales el conjunto de
principios, preceptos y reglas a que están sometidas las personas que la
constituyen, los cuales son diferentes entre sí, de tal manera, que no existe
un derecho absoluto, único y definitivo válido para todo tiempo y lugar.
Pero además existen
otros derechos particulares, como el derecho de las mujeres, el derecho de los
niños, el de los grupos profesionales, que sin embargo no afectan a los
derechos humanos en general. Un niño, por ejemplo, tiene además del derecho a
vivir, los derechos a la manutención, a la educación, a la salud, a la libertad
de elegir su futuro.
Dejo aparte de este
artículo el irresuelto problema de a partir de cuando se es un ser humano. Las
respuestas a esos temas se computan a partir de diversos momentos, según sea la
escuela científica, biológica, filosófica o religiosa, pero lo cierto es que no
hay una definición única sobre la cuestión, y no hay acuerdos sobre si se
cuenta desde la fecundación, desde el embrión, desde que está formado el
sistema nervioso, desde los cuatro meses o desde el nacimiento. Las respuestas
a esos temas pertenecen más bien a la filosofía y la teología.
Un avance consistiría
en establecer un “prederecho humano”, un protoderecho, esto es, el derecho a
tener todos los derechos humanos, establecidos o por establecer, el derecho a
ser una persona humana, antes de la misma fecundación, porque si uno tiene ese
derecho, los demás derechos humanos no pueden ser negados ni amputados
cualesquiera sean los derechos humanos generales o particulares que se
reconocen hasta ahora. Todos los derechos, el humano, el político, el
comercial, el laboral, el civil, el público, el privado, el internacional,
etcétera, reconocidos o por reconocer, estarían comprendidos dentro de sus
prescripciones.
Equivaldría a un
“derecho a tener derechos”, un “derecho supremo”, un “derecho a ser”, en virtud
del cual no podría existir la pena de muerte, la manipulación genética que
ponga en riesgo la vida de un ser humano, la contaminación ambiental, las
prácticas abortivas, la discusión entre muerte encefálica y muerte biológica,
la eutanasia, la muerte asistida. Según este razonamiento, yo sería un sujeto
con prederechos antes de llegar a ser una persona con derechos humanos o de
cualquier otra clase.
Las distintas clases de
derecho vigentes son sistemas jurídicos convencionales que se basan en acuerdos
tomados por los hombres sobre algún aspecto de la vida, pero el “prederecho”,
debería ser una afirmación anterior a todos ellos que garantizara la vida misma
desde su origen primero hasta su extinción natural. Deberá ser un derecho
ínsito a la condición humana, simplemente dado e insolayable, y no un derecho
otorgado por una asamblea u organización, que no es la propietaria de ningún
derecho. Por esta razón, ni siquiera la asamblea de las Naciones Unidas otorga
derechos sino que su función se reduce a reconocerlos.
¿Y qué debiera decir
este prederecho? Algo muy sencillo, como esto, por ejemplo: “Toda persona tiene
el derecho supremo de nacer, y desarrollar libremente su propia personalidad
hasta el momento mismo de su extinción natural.”
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